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Ficheros de datos sobre los que no se aplica la LOPD

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Ficheros de datos sobre los que no se aplica la LOPD
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La LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos) no es de aplicación en todos los casos, es decir, no se aplica para cualquier dato que una persona acumule sobre otras. De hecho, la recolecta de datos personales es muy antigua, mucho más que la LOPD.

En efecto, todos tenemos una agenda con el número de teléfono y el nombre (y quizás también la dirección de correo electrónico y la dirección postal) de nuestros amigos y familiares.

Si no es una agenda de las de toda la vida, tipo cuadernillo, es la agenda de un Smartphone. Sobre estos datos no es de aplicación la LOPD.

Pero hay más. En lo que sigue expondremos el apartado 2 del artículo 2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la más conocida como LOPD.

Tres tipos de ficheros de datos serían los excluidos de la aplicación de la LOPD en el apartado 2 del artículo segundo de la misma.

  1.  En primer lugar, quedan excluidos “ los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas”. Este es el caso de la agenda con los números de teléfono, direcciones de correo electrónico y direcciones postales que todo el mundo tiene. Estos datos no tienen la suficiente relevancia en lo que a la aplicación de la Ley Orgánica de Protección de Datos se refiere.
  2.  En segundo lugar, quedan también excluidos del ámbito de aplicación de esta Ley “los ficheros sometidos a la normativa sobre protección de materias clasificadas”. Esto se debe a que, como dice el propio artículo, estos ficheros se rigen por una normativa distinta, más específica. Se trata de ficheros de datos que están legalmente regulados, pero que no caen en el ámbito de aplicación de la LOPD.
  3.  Por último, esta Ley no se aplica a “los ficheros establecidos para la investigación del terrorismo y de formas graves de delincuencia organizada”. En este apartado sí que se dice explícitamente que, aunque la protección de estos datos no se rija por la LOPD, sí que es obligatorio comunicar la existencia del fichero, así como su finalidad y características generales, a la Agencia Española de Protección de datos.
Harvey LluchFicheros de datos sobre los que no se aplica la LOPD

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